¿Usted representa al trabajador o a la empresa?:
Tipo de contrato laboral y antigüedad en la empresa:
Razones del autodespido:
Explique brevemente su caso (recuerde no incluir datos personales):

¿A qué nos referimos con Autodespido?


Un trabajador puede poner término a una relación laboral, con derecho a indemnización, cuando es el empleador quien incurre en algunas de las causales de término de dicha relación, y ello es imputable a su conducta, lo que coloquialmente se conoce como “autodespido”. Las referidas causales son: (i) que el empleador haya incurrido en conductas graves, tales como falta a la probidad, acoso sexual, maltrato físico, injurias, conductas atentatorias contra la moral o acoso laboral; (ii) actos u omisiones que afecten la seguridad o salud del trabajador; o (iii) incumplimiento grave de las obligaciones a las que se haya comprometido o que pesen sobre el empleador. Para hacer valer un autodespido, el trabajador debe comunicárselo por escrito a su empleador, con copia a la Inspección del Trabajo que corresponda, indicando los hechos que fundan su petición, así como la causal que esté invocando para ejercer este derecho. El trabajador tiene un plazo de 60 días hábiles contados desde que termina de prestar sus servicios al empleador, para entablar una demanda ante los tribunales de justicia. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 90 días hábiles si se presenta una reclamación ante la Inspección del Trabajo.



Conoce más acerca del autodespido 


Es la via legal en materia laboral, que te permite poner termino a la relacion de trabajo cuando es tu empleador quien incumple gravemente sus oblicaciones y deberá pagar las indemnizaciones a lugar como si se tratase de un despido injustificado. La figura del autodespido nace como un mecanismo de protección al trabajador afectado por las conductas irregulares de su empleador.


Para realizar un autodespido el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador y a la Inspección del trabajo el término del contrato, indicando las causales y hechos en que se fundamenta. Acudir a los Tribunales de Justicia en el plazo de 60 días hábiles contados desde la terminación de los servicios e interponer la demanda por despido indirecto. Si obtiene sentencia favorable, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y legal por años de servicios, esta última aumentada en un 50% en caso que la causal invocada sea la del N° 7 del artículo 160, o en un 80% en el caso de las causales del N° 1 y 5 del mismo artículo. El siguiente artículo aborda todo lo relacionado al autodespido.


En otras palabras, podrás saber cuáles son las causales, plazos y efectos que deberás considerar al momento de poner término a tu contrato de trabajo. lee más en nuestro blog sobre ¿Qué debo hacer?, conoce más acerca del autodespido.-


https://blog.nexoabogados.cl/articulos/renuncia-voluntaria-y-autodespido-laboral



La renuncia y el despido.


La renuncia voluntaria y el despido indirecto ( o autodespido), son dos vías legales que tiene el trabajador para poner fin al contrato de trabajo, ambas dependen exclusivamente de la decision del trabajador y tienen causales y motivaciones diferentes para llevarlas a cabo conforme a la ley. Ambos terminos son actos juridicos unilaterales y no requieren aceptación del empleador para dar por terminado el contrato, pues de lo contrario se estaría frente a un mutuo acuerdo.


Para tramitar su renuncia bastará con informar por escrito debidamente firmado por el trabajador y por el presidente (o delegado del personal) del sindicato, o bien el trabajador deberá ratificar su firma ante un ministro de fe: oficial del Registro Civil o Secretario municipal, con 30 días de anticipación, así el empleador estará preparado para suplir la ausencia del mismo, además se puede considerar los temas legales a convenir por ambas partes; mientras que para tramitar el autodespido deberá dar aviso al empleador, sea personalmente o por escrito, en carta certificada enviada a su domicilio, seguidamente remitir una copia de la misma a la Inspección del trabajo dentro de tres días hábiles siguientes y luego concurrir al juzgado respectivo en un plazo de 60 días hábiles contados desde la terminación del contrato de trabajo.


Aprende a diferenciar estos mecanismos a tu favor, conoce con más detalles las causales aplicables respectivamente a cada concepto legal; lee más sobre este articulo "la renuncia voluntaria y el despido indirecto o autodespido laboral" definiciones, requisitos y causales y como llevarla a cabo.-


https://blog.nexoabogados.cl/articulos/renuncia-voluntaria-y-autodespido-laboral

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