¿A qué nos referimos con Adopciones irregulares por parte del Estado?


La Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptada en 1948, consagra y promueve el respeto a dichos derechos, asegurando su reconocimiento y protección a nivel nacional e internacional. A partir de la declaración, se crea el Sistema Universal de Derechos Humanos, que supone la obligación de los Estados y sus agentes de respetarlos y promoverlos en su actuar.

Los derechos humanos representan un conjunto de garantías que tienen validez universal, es decir, son exigibles en cualquier país del mundo, y se derivan de la dignidad que le corresponde a cada persona por el solo hecho de serlo, transformándola en titular de derechos humanos.

Si un agente del Estado participa de adopciones irregulares, es decir, promueve, tolera o lucra de adopciones ilegales de menores; se genera una violación de derechos humanos, en tanto se vulnera la libertad ambulatoria, los derechos de niños y adolescentes y eventualmente se ponen en riesgo el derecho a la integridad física, psíquica e indemnidad sexual de los mismos.

En dichos casos, el afectado o personas en su representación, pueden perseguir la responsabilidad penal de los involucrados en el delito, así como también que se le entregue una indemnización por los daños sufridos.

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